¡Conozca Sus Derechos!
El Acta de CONFIANZA

A partir del 1 de enero de 2014, una nueva ley en California limita la habilidad de las cárceles locales para detener a las personas por tiempo extra sólo para su deportación. Esta ley se llama el Acta de Confianza (“TRUST Act”).

Si usted o un ser querido se encuentra detenido/a injustamente en la cárcel local a petición del ICE, deje un mensaje al 1-844-TRUST-01 (1-844-878-7801) o catrustact@gmail.com.

¡Recuerde!Cuando habla con o frente a agentes del orden, todo lo que diga puede ser usado en su contra — no hable sobre su estatus migratorio, ciudadanía, cuándo o cómo llegó a los EEUU, ni de dónde es.
(Esta información no pretende servir como consejo legal.)

 

¿Qué es una petición de detención o “ICE hold”?

Es una petición que ICE le envía a la cárcel local, pidiendo que sigan deteniendo a una persona aunque tenga el derecho de salir de la cárcel según las circunstancias de su caso criminal.

 

El Acta de Confianza lo/la protege en todo California:

Bajo el Acta de Confianza, la policía y los alguaciles locales NO PUEDEN detenerlo/la a petición de ICE si usted es arrestado/a o condenado/a por delitos menores – por ejemplo, la mayoría de las infracciones de tráfico. Y en muchos otros casos, las agencias del orden locales sólo pueden detenerlo/la si usted tiene una condena.

 

Esta es la ley en todo California.

 

Muchos condados ofrecen aún más protección:

Toda persona tiene el derecho básico a un proceso legal justo. Una corte federal recientemente encontró que todos los “ICE holds” violan este derecho y pueden ser inconstitucionales.

Ahora, más de 40 condados de California han dejado totalmente de detener a las personas por tiempo extra mediante los “ICE holds.” En estos condados, usted sólo puede ser entregado/a a ICE si la petición es firmada por un juez y basada en “pruebas suficientes” (evidencia razonable).

 

Recuerde:

Los “ICE holds” (peticiones de detención de ICE) violan la Cuarta Enmienda de la Constitución porque no son firmados por un juez y no son basados en una determinación de “pruebas suficientes” (evidencia razonable).

  • Un “ICE hold” no es razón suficiente para detenerlo/la en la cárcel local.
  • Si cualquier agencia del orden público local – como la policía o el alguacil – lo/la detiene en un “ICE hold” sin pruebas suficientes, y sin la firma de un juez, esta agencia puede ser demandada y puede tener que pagarle compensación.